En resumen
- El modelo 420 es la declaración trimestral del IGIC en el régimen general. Es el equivalente canario del modelo 303.
- Se presenta del 1 al 20 de abril, julio y octubre, y del 1 al 30 de enero para el cuarto trimestre.
- Se presenta de forma telemática en la sede de la Agencia Tributaria Canaria, con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve.
- Resultado: IGIC que has cobrado menos IGIC deducible que has pagado.
Si eres autónomo en Canarias y cobras IGIC, cada trimestre tienes que contarle a la Agencia Tributaria Canaria cuánto has cobrado y cuánto has pagado de ese impuesto. Eso se hace con el modelo 420. Te explicamos cómo, con un ejemplo completo.
Quién tiene que presentar el modelo 420
Lo presentan los empresarios y profesionales que realizan operaciones sujetas a IGIC en el régimen general. Como norma general, se presenta aunque en el trimestre no hayas tenido actividad.
No lo presentan, o lo presentan de otra forma:
- Quienes están en el régimen simplificado, que usan el modelo 421.
- Los comerciantes minoristas en su régimen especial.
- Quienes están acogidos al régimen del pequeño empresario. Desde 2027 presentarán una sola declaración anual.
- Quienes solo realizan operaciones exentas.
Más información en regímenes especiales del IGIC.
Plazos de presentación
| Trimestre | Periodo | Plazo |
|---|---|---|
| 1.er trimestre | Enero a marzo | Del 1 al 20 de abril |
| 2.º trimestre | Abril a junio | Del 1 al 20 de julio |
| 3.er trimestre | Julio a septiembre | Del 1 al 20 de octubre |
| 4.º trimestre | Octubre a diciembre | Del 1 al 30 de enero |
Si el último día es inhábil, el plazo se amplía al siguiente día hábil. Si domicilias el pago, el plazo para presentarlo termina unos días antes: compruébalo en la sede de la ATC.
Ejemplo: tu primer modelo 420
Un programador de Santa Cruz de Tenerife tiene este tercer trimestre:
| Concepto | Base | IGIC |
|---|---|---|
| Facturas emitidas al 7 % | 6.000 € | 420 € |
| Compras y gastos con IGIC al 7 % (ordenador, software, gestoría) | 1.500 € | 105 € |
| Resultado del modelo 420 | 315 € a ingresar |
El IGIC devengado (420 €) menos el IGIC deducible (105 €) da 315 €, que ingresará entre el 1 y el 20 de octubre.
Cómo presentarlo paso a paso
- Reúne tus facturas emitidas y recibidas del trimestre. Si usas un programa de facturación, saca el informe de IGIC.
- Entra en la sede electrónica de la Agencia Tributaria Canaria y busca el modelo 420.
- Identifícate con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve.
- Rellena el IGIC devengado: bases imponibles y cuotas de tus ventas, separadas por tipo (7 %, 3 %, etc.).
- Rellena el IGIC deducible: cuotas soportadas en tus compras corrientes, en bienes de inversión y en importaciones.
- Revisa el resultado: a ingresar, a compensar o, en el último trimestre, a devolver.
- Elige la forma de pago (domiciliación o cargo en cuenta) y presenta. Guarda el justificante.
Resultado a compensar o a devolver
- Si en un trimestre has pagado más IGIC del que has cobrado, el resultado es negativo y lo compensas en los trimestres siguientes.
- En el cuarto trimestre puedes pedir la devolución de lo que tengas pendiente de compensar.
- Hay supuestos en los que se puede solicitar la devolución mensual; consulta los requisitos en la ATC.
Errores frecuentes
- Confundir el 420 con el 303. Si estás en Canarias, no presentas el 303 por tus operaciones en las islas.
- No presentar el trimestre sin actividad. En general se presenta igualmente, con resultado cero.
- Deducir IGIC de gastos personales o de facturas sin tus datos.
- Olvidar el IGIC de las importaciones, que también es deducible si compras mercancía fuera de Canarias. Lo explicamos en comprar en la península siendo autónomo en Canarias.
- No presentar el resumen anual (modelo 425) en enero.
Y el IRPF, ¿cómo va?
El IRPF no cambia por estar en Canarias: si te toca, presentas el modelo 130 a la Agencia Tributaria estatal en los mismos plazos. Lo tienes en modelo 130 y 303 paso a paso, donde solo tienes que cambiar el 303 por el 420.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que presentar el modelo 420 si no he facturado nada?
Con carácter general, sí. Los obligados en el régimen general presentan la declaración aunque el resultado sea cero.
¿Se puede presentar el modelo 420 en papel?
En 2026, con carácter general, la presentación es obligatoriamente telemática a través de la sede de la Agencia Tributaria Canaria.
¿Qué pasa si presento el modelo 420 fuera de plazo?
Si lo presentas por tu cuenta antes de que te lo reclamen, pagarás un recargo, que es menor que una sanción. Cuanto antes lo regularices, menor será.
¿El modelo 420 sustituye al modelo 130?
No. El 420 es del IGIC y lo gestiona la Agencia Tributaria Canaria. El 130 es el pago fraccionado del IRPF y lo gestiona la Agencia Tributaria estatal.
Información revisada en octubre de 2026. Comprueba siempre los plazos en la sede de la Agencia Tributaria Canaria.



