Modelo 130 y 303: cómo rellenarlos paso a paso

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Persona rellenando formularios fiscales en el portátil

En resumen

  • El modelo 303 declara el IVA del trimestre y el modelo 130 el pago fraccionado del IRPF. Se presentan en los mismos plazos.
  • Plazos: del 1 al 20 de abril, julio y octubre, y del 1 al 30 de enero.
  • Se presentan online en la sede de la Agencia Tributaria con certificado digital, Cl@ve o DNI electrónico.
  • Si quieres domiciliar el pago, hazlo antes del día 15 (25 de enero en el cuarto trimestre).

Cada trimestre, los autónomos repiten el mismo ritual: sumar facturas, restar gastos y presentar dos modelos. La primera vez da respeto, pero con tus libros al día se hace en veinte minutos. Te lo explicamos paso a paso.

Antes de empezar: qué necesitas tener preparado

  • Libro de facturas emitidas del trimestre: base imponible, IVA repercutido y retenciones de cada factura.
  • Libro de facturas recibidas y gastos: base e IVA soportado deducible.
  • Los importes acumulados desde enero, para el modelo 130.
  • Tu certificado digital, Cl@ve o DNI electrónico.
  • El resultado del 303 del trimestre anterior, si salió a compensar.

Un programa de facturación te da todas estas cifras en un informe, y muchos generan el borrador de ambos modelos.

Modelo 303 paso a paso

  1. Entra en la sede electrónica de la Agencia Tributaria, busca el modelo 303 y elige la presentación mediante formulario.
  2. Identificación: se rellena con tu NIF. Indica el ejercicio y el periodo (1T, 2T, 3T o 4T).
  3. IVA devengado: anota la base imponible y la cuota de tus facturas emitidas, separadas por tipo (21 %, 10 %, 4 %). El formulario calcula la cuota por ti.
  4. IVA deducible: indica la base y la cuota del IVA de tus gastos corrientes y, por separado, de los bienes de inversión (equipos, vehículos, etc.).
  5. Resultado: el formulario resta el deducible del devengado. Si tienes cuotas a compensar de trimestres anteriores, añádelas.
  6. Información adicional: si vendes a empresas de otros países de la UE o haces operaciones exentas, se declaran en su apartado.
  7. Forma de pago: domiciliación, cargo en cuenta con NRC o, si no puedes pagar, solicitud de aplazamiento.
  8. Presenta y guarda el justificante en PDF.

En el cuarto trimestre puedes elegir entre compensar el saldo a tu favor en el año siguiente o pedir la devolución. En enero presentarás también el modelo 390, el resumen anual del IVA.

Modelo 130 paso a paso

Recuerda que no estás obligado si el año anterior al menos el 70 % de tus ingresos llevaron retención. Te lo contamos en IRPF para autónomos.

  1. Accede al modelo 130 en la sede de la Agencia Tributaria.
  2. Ingresos computables acumulados desde el 1 de enero hasta el final del trimestre, sin IVA.
  3. Gastos fiscalmente deducibles acumulados, incluida tu cuota de autónomos.
  4. El formulario calcula el rendimiento neto y el 20 %.
  5. Resta los pagos fraccionados de los trimestres anteriores del mismo año.
  6. Resta las retenciones e ingresos a cuenta acumulados del año.
  7. Si procede, aplica la deducción por rendimientos bajos (si en el año anterior no superaste los 12.000 € de rendimiento neto).
  8. Elige la forma de pago y presenta. Si el resultado es negativo, se presenta con resultado cero.

Un ejemplo completo del segundo trimestre

Dato303 (solo abril a junio)130 (enero a junio)
Ingresos sin IVA9.000 €18.000 €
Gastos sin IVA1.500 €4.000 €
IVA repercutido (21 %)1.890 €
IVA soportado (21 %)315 €
Rendimiento neto14.000 €
20 % del rendimiento2.800 €
Pagos anteriores y retenciones−1.900 €
A ingresar1.575 €900 €

Plazos y domiciliación

TrimestrePresentaciónÚltimo día para domiciliar
Primero1 al 20 de abril15 de abril
Segundo1 al 20 de julio15 de julio
Tercero1 al 20 de octubre15 de octubre
Cuarto1 al 30 de enero25 de enero

Si el último día cae en festivo o fin de semana, el plazo se traslada al siguiente día hábil.

Errores habituales

  • Incluir el IVA en los ingresos del 130. Los importes del 130 van siempre sin IVA.
  • Olvidar que el 130 es acumulado y poner solo las cifras del trimestre.
  • No restar las retenciones, con lo que pagas dos veces.
  • Deducir IVA de facturas simplificadas que no llevan tus datos.
  • Presentar fuera de plazo: conlleva recargos, aunque sean pequeños si lo haces por tu cuenta antes de que Hacienda te lo pida.

Cómo presentar con Cl@ve o certificado

  • Certificado digital (de la FNMT o de tu DNI electrónico): la vía más cómoda; se instala en el navegador y te identifica en la sede.
  • Cl@ve: sistema de identificación con usuario y código en el móvil, válido para presentar los modelos.
  • Colaborador social: tu gestoría puede presentarlos en tu nombre con tu autorización.

Formas de pago y qué hacer si no puedes pagar

OpciónCómo funciona
DomiciliaciónHacienda carga el importe el último día del plazo; hay que elegirla antes de la fecha límite de domiciliación
Cargo en cuenta (NRC)Pagas en el momento desde tu banco y obtienes un justificante
Aplazamiento o fraccionamientoSi no puedes pagar, lo solicitas al presentar; para importes pequeños suele concederse sin garantías, con intereses de demora
Reconocimiento de deudaPresentas sin pagar y la deuda pasa a periodo ejecutivo con recargos: es la peor opción

Nunca dejes de presentar un modelo aunque no puedas pagarlo: no presentar conlleva sanciones además de los recargos.

Si te equivocas: cómo corregir un modelo presentado

  • Si pagaste de más: en el 303 puedes regularizarlo en la autoliquidación de un periodo posterior en algunos casos, o pedir la rectificación de la autoliquidación. En el 130, al ser acumulativo, el siguiente trimestre corrige el exceso.
  • Si pagaste de menos: presenta una autoliquidación complementaria con la diferencia. Si lo haces por tu cuenta antes de que Hacienda te lo pida, solo pagarás un recargo reducido.

Calendario anual completo de un autónomo

MesObligación
Enero (1-30)303 y 130 del cuarto trimestre, 390 anual
Abril (1-20)303 y 130 del primer trimestre; empieza la campaña de la renta
Junio (hasta el 30)Fin de la campaña de la renta
Julio (1-20)303 y 130 del segundo trimestre
Octubre (1-20)303 y 130 del tercer trimestre
Todos los mesesCuota de autónomos (último día hábil)

Si tienes empleados, pagas a profesionales con retención, alquilas un local o vendes a empresas de la UE, añade los modelos 111, 115, 349 y sus resúmenes anuales (190, 180) en sus plazos.

Además del 303 y el 130, si tienes empleados o te facturan profesionales con retención tendrás que presentar el modelo 111, y cada febrero puede tocarte el modelo 347 de operaciones con terceros.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que presentar el 303 y el 130 si no he facturado nada?

El 303 sí, con resultado cero. El 130 también, si estás obligado a presentarlo, aunque salga a cero.

¿Puedo presentar los modelos desde el móvil?

Sí. La sede de la Agencia Tributaria funciona en el navegador del móvil con Cl@ve, aunque para revisar las cifras es más cómodo un ordenador.

¿Qué recargo tiene presentar fuera de plazo?

Si lo presentas por tu cuenta antes de cualquier requerimiento, el recargo es del 1 % más un 1 % adicional por cada mes completo de retraso, con un máximo y reglas específicas a partir de los 12 meses. Si es Hacienda quien te lo reclama, puede haber sanción.

¿Mi programa de facturación puede presentar los modelos?

Algunos preparan los borradores y facilitan los datos para copiarlos en la sede, y otros incluyen un servicio de presentación. Lo comparamos en mejor software de facturación.

Información revisada en septiembre de 2026. La estructura del formulario puede cambiar ligeramente cada año.

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