Baja médica de autónomos: cuánto se cobra en 2026

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Fonendoscopio y documentos médicos

En resumen

  • Por enfermedad común, el autónomo no cobra los 3 primeros días; del día 4 al 20 cobra el 60 % de su base y desde el día 21 el 75 %.
  • Por accidente de trabajo cobra el 75 % desde el día siguiente a la baja.
  • La base es tu base de cotización del mes anterior, así que si cotizas por la mínima, la prestación es baja.
  • Desde el día 61 de baja ya no pagas la cuota de autónomos: la asume la mutua.

Ponerse enfermo siendo autónomo da miedo, porque si no trabajas, no facturas. La buena noticia es que tienes derecho a una prestación por incapacidad temporal, igual que un asalariado. La mala es que suele ser baja si cotizas por la base mínima. Te explicamos cuánto cobrarías y cómo pedirla.

Cuánto cobra un autónomo de baja

Tipo de bajaDías 1 a 3Días 4 a 20Desde el día 21
Enfermedad común o accidente no laboral0 %60 %75 %
Accidente de trabajo o enfermedad profesional75 % (desde el día siguiente a la baja)75 %75 %

El porcentaje se aplica sobre la base reguladora diaria: tu base de cotización del mes anterior a la baja dividida entre 30.

Ejemplo de cálculo

Luis es fontanero autónomo y cotiza por una base de 1.200 € al mes. Se rompe un brazo jugando al fútbol (accidente no laboral) y está 30 días de baja.

TramoDíasCálculoImporte
Días 1-33Sin prestación0 €
Días 4-201740 € × 60 % × 17408 €
Días 21-301040 € × 75 % × 10300 €
Total30708 €

Si Luis cotizara por una base de 2.000 €, cobraría 1.180 € por la misma baja. Por eso conviene revisar tu tramo en la calculadora de cuota de autónomos: cotizar algo más te protege mejor.

Requisitos

  • Estar de alta en el RETA y al corriente en el pago de las cuotas.
  • Para enfermedad común, haber cotizado al menos 180 días en los últimos 5 años. Para accidentes no se exige periodo mínimo.
  • Tener la cobertura con una mutua colaboradora, que es obligatoria para todos los autónomos.

Qué pasa con la cuota de autónomos

Durante los 60 primeros días de baja tienes que seguir pagando tu cuota. A partir del día 61, la paga la mutua o la Seguridad Social, sin que tengas que pedirlo.

Cómo pedir la baja paso a paso

  1. Ve al médico de la sanidad pública (o de la mutua si es accidente laboral). Él emite el parte de baja.
  2. No tienes que entregar el parte: desde 2023 llega de forma telemática a la Seguridad Social y a tu mutua.
  3. Presenta la declaración de situación de la actividad en los 15 días siguientes, indicando si el negocio sigue abierto con un empleado o familiar, o si queda cerrado temporalmente.
  4. Solicita la prestación a tu mutua con el formulario que te facilitarán y tu número de cuenta.
  5. Acude a las revisiones y, al recibir el alta, retoma tu actividad.

¿Puedo seguir trabajando de baja?

No. Mientras estás de baja no puedes trabajar en tu negocio. Si alguien lo mantiene abierto (un empleado o un autónomo colaborador), debes indicarlo en la declaración de situación de la actividad.

Preguntas frecuentes

¿Quién paga la baja de un autónomo?

La mutua colaboradora con la que tienes cubiertas las contingencias, o la Seguridad Social si no tienes mutua para contingencias comunes. Te ingresan la prestación directamente en tu cuenta.

¿Cuánto dura como máximo la baja?

Hasta 365 días, prorrogables otros 180 si se prevé que te vas a recuperar. Después, el INSS decide si pasas a una incapacidad permanente.

¿Tengo que pagar la cuota de autónomos estando de baja?

Sí durante los primeros 60 días. Desde el día 61 la cuota la asume la mutua o la Seguridad Social.

¿Cobro algo los tres primeros días?

No, salvo que sea un accidente de trabajo o una enfermedad profesional. En ese caso cobras el 75 % desde el día siguiente a la baja.

Información revisada en octubre de 2026. Esta guía es orientativa; confirma los detalles de tu caso con tu mutua.

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