IRPF para autónomos: retenciones y pagos fraccionados

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Documentos de la declaración de la renta

En resumen

  • Como autónomo adelantas tu IRPF durante el año de dos formas: con las retenciones que te aplican tus clientes o con los pagos fraccionados del modelo 130.
  • La retención general para profesionales es del 15 %, y del 7 % el año de inicio y los dos siguientes.
  • Si al menos el 70 % de tus ingresos del año anterior llevó retención, no tienes que presentar el 130.
  • En el 130 ingresas el 20 % de tu rendimiento neto acumulado, restando lo ya pagado y las retenciones.

El IRPF de un autónomo no se paga de golpe en la renta: se va adelantando cada trimestre. Entender cómo funcionan las retenciones y el modelo 130 te evita dos sustos habituales: pagar de más durante el año o encontrarte una renta a pagar muy alta en junio.

Las dos formas de adelantar el IRPF

RetencionesPagos fraccionados (modelo 130)
Quién ingresa el dineroTu cliente, en tu nombreTú
A quién se aplicaProfesionales que facturan a empresas o autónomosAutónomos en estimación directa que no están exentos
Porcentaje15 % general, 7 % nuevos profesionales20 % del rendimiento neto acumulado
CuándoEn cada facturaCada trimestre

Las retenciones de IRPF en tus facturas

Si tu actividad está clasificada como profesional (sección segunda del IAE: consultores, diseñadores, abogados, programadores, arquitectos…) y facturas a una empresa o a otro autónomo, tu cliente debe retenerte un porcentaje de la base imponible e ingresarlo él en Hacienda.

  • 15 %: tipo general.
  • 7 %: durante el año en que empiezas la actividad y los dos siguientes, siempre que no hayas ejercido una actividad profesional en el año anterior. Tienes que comunicar a tu cliente por escrito que cumples el requisito.
  • Sin retención: cuando facturas a particulares, o si tu actividad es empresarial (comercio, hostelería, oficios), salvo algunas excepciones.

La retención no es un gasto: es IRPF que ya has pagado. En la renta la restas de lo que te toque pagar. Puedes comprobar el efecto en una factura con nuestra calculadora de IVA e IRPF.

Quién tiene que presentar el modelo 130

Tienen que presentarlo los autónomos en estimación directa (normal o simplificada). Están exentos los profesionales que en el año anterior tuvieron al menos el 70 % de sus ingresos con retención. En el primer año de actividad, se mira el porcentaje del propio trimestre.

Los autónomos en módulos no presentan el 130, sino el modelo 131.

Cómo se calcula el modelo 130

El 130 es acumulativo: en cada trimestre se calculan los datos desde el 1 de enero hasta el final de ese trimestre.

  1. Rendimiento neto acumulado = ingresos acumulados − gastos deducibles acumulados.
  2. Aplica el 20 %.
  3. Resta los pagos del 130 de trimestres anteriores del mismo año.
  4. Resta las retenciones que te hayan practicado en el año.
  5. Si tus rendimientos del año anterior fueron de 12.000 € o menos, resta además una pequeña deducción de entre 25 y 100 € por trimestre.

Ejemplo. Hasta junio llevas 18.000 € de ingresos y 4.000 € de gastos: rendimiento de 14.000 €. El 20 % son 2.800 €. En el primer trimestre pagaste 1.300 € y tus clientes te han retenido 600 € en el año. En el 130 del segundo trimestre ingresarás 2.800 − 1.300 − 600 = 900 €.

Si el resultado es negativo, se presenta a cero: el 130 nunca sale a devolver. La diferencia se recupera en la renta.

Plazos del modelo 130

TrimestrePlazo
PrimeroDel 1 al 20 de abril
SegundoDel 1 al 20 de julio
TerceroDel 1 al 20 de octubre
CuartoDel 1 al 30 de enero

Son los mismos plazos que el IVA. Te explicamos cómo presentar ambos en modelo 130 y 303 paso a paso.

La renta anual: donde se ajusta todo

Entre abril y junio presentas la declaración de la renta (modelo 100). Allí se suma tu rendimiento de la actividad al resto de tus ingresos, se aplica la escala progresiva del IRPF y se restan las retenciones y los pagos fraccionados. Si has adelantado de más, Hacienda te devuelve; si has adelantado de menos, pagas la diferencia.

Consejos prácticos

  • Aparta cada mes una parte de lo que cobras para impuestos. Muchos neobancos permiten crear un «espacio» o subcuenta para ello.
  • Si empiezas, aplica el 7 % y comúnicalo a tus clientes: mejora tu tesorería el primer año.
  • Lleva los gastos al día. Un gasto que olvidas registrar es IRPF que pagas de más. Repasa la lista de gastos deducibles.

Cómo funciona la escala del IRPF para un autónomo

En la renta, el rendimiento neto de tu actividad se suma a tus otros ingresos (por ejemplo, una nómina) y tributa por tramos: cada parte de tu base paga el tipo de su tramo, no todo al tipo más alto. Orientativamente, sumando la parte estatal y una escala autonómica media:

Base liquidable generalTipo marginal aproximado
Hasta 12.450 €19 %
De 12.450 a 20.200 €24 %
De 20.200 a 35.200 €30 %
De 35.200 a 60.000 €37 %
De 60.000 a 300.000 €45 %
Más de 300.000 €47 %

Cada comunidad autónoma tiene su propia escala para la mitad autonómica, por lo que los tipos reales varían según dónde residas.

Por eso el 15 % de retención o el 20 % del modelo 130 son solo pagos a cuenta: en la renta se calcula lo que te toca de verdad y se ajusta.

Ejemplo de un año completo

Ejemplo. Un consultor factura 36.000 € a empresas con retención del 15 % (5.400 € retenidos) y tiene 6.000 € de gastos. Como más del 70 % de sus ingresos llevan retención, no presenta el modelo 130. En la renta, su rendimiento neto de 30.000 € (menos la deducción por gastos de difícil justificación y sus mínimos personales) da una cuota de IRPF que se compara con los 5.400 € ya retenidos. Si la cuota es mayor, paga la diferencia; si es menor, Hacienda le devuelve.

Retención o modelo 130: qué te conviene

  • Si casi todos tus clientes son empresas, las retenciones harán el trabajo y probablemente no tengas que presentar el 130.
  • Si trabajas con particulares o tu actividad es empresarial, presentarás el 130 cada trimestre.
  • Si tienes de todo, revisa cada año si superas el 70 % de ingresos con retención.

Cómo evitar una renta a pagar muy alta

  1. Aparta cada mes un porcentaje de lo que cobras en una subcuenta de impuestos (entre un 15 % y un 25 % según tus ingresos).
  2. Registra todos tus gastos: cada euro de gasto deducible reduce tu IRPF.
  3. Haz una simulación en octubre o noviembre con los datos del año: si ves que vas a pagar mucho, ajusta tus pagos o revisa tus gastos pendientes.
  4. Aprovecha las reducciones: aportaciones a planes de pensiones de autónomos, deducciones autonómicas y la reducción por rendimientos bajos si te corresponde.

Todo esto se cierra en la declaración de la renta del autónomo, que te explicamos paso a paso. Y si eres tú quien retiene a otros, mira el modelo 111.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo puedo aplicar la retención del 7 %?

El año en que empiezas una actividad profesional y los dos siguientes, siempre que no hayas ejercido una actividad profesional en el año anterior al inicio. Comunícaselo por escrito a tus clientes.

¿Tengo que presentar el modelo 130 si estoy en tarifa plana?

Sí, si te corresponde. La tarifa plana afecta a la cuota de la Seguridad Social, no a tus obligaciones con Hacienda.

¿Las retenciones son un gasto?

No. Son IRPF que ya has pagado a través de tu cliente. Se restan en el modelo 130 y en la renta, no en los gastos.

¿Qué pasa si no presento el modelo 130?

Hacienda te puede requerir su presentación con recargos o sanción. Si lo presentas tarde por tu cuenta antes de que te lo pidan, el recargo es menor.

Información revisada en septiembre de 2026.

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