Calculadora de IVA e IRPF para facturas de autónomo

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Calculadora junto a una factura

Calcula en segundos el total de una factura de autónomo: introduce la base imponible, elige el tipo de IVA y la retención de IRPF que corresponda, y verás el desglose completo.

Calculadora de factura: IVA y retención de IRPF

Calcula el total de una factura a partir de la base imponible.

Solo aplican retención las facturas de actividades profesionales emitidas a empresas u otros autónomos, no a particulares.

Qué IVA y qué retención aplicar

Tu casoIVA habitualRetención IRPF
Profesional que factura a una empresa o autónomo21 %15 %
Profesional en su año de inicio o los dos siguientes21 %7 %
Profesional que factura a un particular21 %Sin retención
Actividad empresarial (comercio, oficios, hostelería)21 %, 10 % o 4 % según productoNormalmente sin retención
Actividad exenta (sanidad, enseñanza reglada)Sin IVASegún el caso
Cliente empresa de otro país de la UESin IVA español (inversión del sujeto pasivo)Sin retención

Si dudas sobre el tipo de IVA de tu actividad, revísalo en IVA para autónomos, y sobre la retención, en IRPF para autónomos.

Cómo se calcula

Total = base imponible + IVA − retención de IRPF

Ambos porcentajes se aplican sobre la base imponible, nunca uno sobre el otro.

Ejemplo. Una consultora factura 2.000 € a una empresa. IVA del 21 %: 420 €. Retención del 15 %: 300 €. Total a cobrar: 2.000 + 420 − 300 = 2.120 €.

¿Y si solo sé lo que quiero cobrar?

A veces acuerdas con un cliente un importe final y necesitas calcular la base. Divide el total entre (1 + IVA − retención):

  • Con 21 % de IVA y 15 % de retención: base = total ÷ 1,06
  • Con 21 % de IVA y 7 % de retención: base = total ÷ 1,14
  • Con 21 % de IVA y sin retención: base = total ÷ 1,21

Ejemplo. Quieres cobrar 1.060 € de una empresa con retención del 15 %: base = 1.060 ÷ 1,06 = 1.000 €.

Qué haces después con cada importe

  • La base imponible es tu ingreso real, el que cuenta para el IRPF y para tu cuota de autónomos.
  • El IVA no es tuyo: lo ingresas cada trimestre en el modelo 303.
  • La retención la ingresa tu cliente en tu nombre; tú la restas en el modelo 130 y en la renta.

Para que la factura sea válida debe incluir todos los datos obligatorios: repasa cómo hacer una factura.

Ejemplos de facturas habituales

CasoBaseIVARetenciónTotal a cobrar
Diseñadora a una agencia (15 %)1.000 €210 €−150 €1.060 €
Programador en su primer año a una empresa (7 %)1.000 €210 €−70 €1.140 €
Fotógrafo a un particular300 €63 €0 €363 €
Restaurante, servicio de comida (10 %)500 €50 €0 €550 €
Consultor a una empresa alemana2.000 €0 €0 €2.000 €

Facturas en Canarias con IGIC

En Canarias no se aplica IVA, sino el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC), con un tipo general del 7 %. La retención de IRPF funciona igual que en el resto de España.

Ejemplo. Un profesional canario factura 1.000 € a una empresa: IGIC del 7 % (70 €) y retención del 15 % (150 €). Total a cobrar: 1.000 + 70 − 150 = 920 €. El IGIC se declara a la Agencia Tributaria Canaria con su propio modelo trimestral, en lugar del 303.

Otros casos especiales

  • Recargo de equivalencia: si vendes a un comerciante minorista acogido a este régimen, añades un recargo además del IVA (por ejemplo, un 5,2 % cuando el IVA es del 21 %).
  • Estimación objetiva (módulos): algunas actividades empresariales en módulos llevan una retención del 1 % cuando facturan a empresas.
  • Suplidos: los gastos que pagas en nombre de tu cliente y le repercutes tal cual (por ejemplo, una tasa) no llevan IVA ni retención y se indican aparte en la factura.
  • Operaciones exentas: ciertos servicios sanitarios o educativos no llevan IVA; la factura debe indicar el motivo de la exención.

Cómo comprobar que tu factura está bien

  1. La retención y el IVA se calculan sobre la base, nunca uno sobre otro.
  2. El total cuadra con la fórmula base + IVA − retención.
  3. Si no hay IVA, la factura explica por qué (exención, inversión del sujeto pasivo…).
  4. Incluye todos los datos obligatorios: lo repasamos en cómo hacer una factura.

Preguntas frecuentes

¿La retención se calcula sobre el total con IVA?

No. Se calcula siempre sobre la base imponible, sin IVA.

¿Sirve para Canarias?

En Canarias no se aplica IVA sino IGIC, con un tipo general del 7 %. Puedes usar la calculadora eligiendo la retención que te corresponda y calcular el IGIC aparte.

¿Se guardan los datos que introduzco?

No. El cálculo se hace en tu navegador y no se envía a ningún servidor.

¿Qué retención tengo que poner si soy autónomo nuevo?

Si eres profesional, puedes aplicar el 7 % el año en que empiezas y los dos siguientes, siempre que no hayas ejercido una actividad profesional en el año anterior al inicio. Debes comunicarlo a tu cliente.

¿Cómo calculo la base si el cliente me paga una cantidad cerrada?

Divide el total entre 1 + IVA − retención. Por ejemplo, con 21 % de IVA y 15 % de retención, divide entre 1,06.

¿Qué tipo de IGIC se aplica en Canarias?

El tipo general es del 7 %, con tipos reducidos e incrementados para determinados bienes y servicios. Consulta el tipo de tu actividad en la Agencia Tributaria Canaria.

Revisado en septiembre de 2026.

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