En resumen
- El modelo 111 sirve para ingresar en Hacienda las retenciones de IRPF que tú practicas a otros: a tus trabajadores o a los profesionales que te facturan.
- Si eres autónomo sin empleados y nadie te factura con retención, no tienes que presentarlo.
- Se presenta cada trimestre: del 1 al 20 de abril, julio y octubre, y del 1 al 30 de enero.
- En enero se acompaña del modelo 190, el resumen anual.
Muchos autónomos oyen hablar del modelo 111 y no saben si les toca. La clave está en una pregunta: ¿retienes tú IRPF a alguien? Si la respuesta es no, puedes olvidarte de él. Si contratas a alguien o trabajas con otros profesionales, te explicamos cómo funciona.
Qué es el modelo 111
Es la autoliquidación trimestral de las retenciones e ingresos a cuenta del IRPF sobre rendimientos del trabajo y de actividades profesionales. Cuando pagas una nómina o una factura de un profesional, no le pagas el importe completo: te quedas con un porcentaje (la retención) que luego ingresas tú en Hacienda en su nombre. El modelo 111 es el formulario para hacerlo.
No confundas el 111 con otros modelos parecidos:
| Modelo | Para qué sirve |
|---|---|
| 111 | Retenciones a trabajadores y profesionales |
| 115 | Retenciones por el alquiler de un local |
| 130 | Tu propio pago fraccionado del IRPF |
| 190 | Resumen anual de lo declarado en los 111 |
Quién tiene que presentarlo
Un autónomo debe presentar el 111 si en el trimestre ha hecho alguna de estas cosas:
- Pagar nóminas a trabajadores, incluido un familiar contratado.
- Recibir facturas de profesionales con retención: un diseñador, un abogado, un asesor o una gestoría que te factura con el 15 % o el 7 % de IRPF.
- Pagar a administradores o miembros de consejos, en caso de sociedades.
Si en un trimestre no has practicado ninguna retención, no tienes que presentar el modelo de ese trimestre.
Ejemplo: una peluquera autónoma de Zaragoza contrata a media jornada a una ayudante y, además, paga cada trimestre 200 € más IVA a su gestoría, que le aplica un 15 % de retención. En su 111 incluirá las retenciones de la nómina y los 30 € retenidos a la gestoría.
Plazos de presentación en 2026
| Trimestre | Plazo |
|---|---|
| 1.º (enero-marzo) | Del 1 al 20 de abril |
| 2.º (abril-junio) | Del 1 al 20 de julio |
| 3.º (julio-septiembre) | Del 1 al 20 de octubre |
| 4.º (octubre-diciembre) | Del 1 al 30 de enero del año siguiente |
Si domicilias el pago, el plazo termina unos días antes. Las grandes empresas lo presentan cada mes, pero eso no afecta a los autónomos.
Cómo se rellena
El modelo 111 se presenta online en la sede de la Agencia Tributaria con certificado digital, Cl@ve o DNI electrónico. Las casillas principales son:
- Rendimientos del trabajo: número de trabajadores, importe total de las nóminas y retenciones practicadas.
- Rendimientos de actividades económicas: número de profesionales que te han facturado, base total de esas facturas y retenciones.
- Total a ingresar: la suma de todas las retenciones.
Un truco: si usas un programa de facturación y registras también tus facturas recibidas, la mayoría te calcula el 111 automáticamente.
El modelo 190: el resumen anual
En enero, junto al 111 del cuarto trimestre, tienes que presentar el modelo 190. Es una declaración informativa en la que detallas, persona por persona, cuánto le has pagado y cuánto le has retenido en todo el año. Hacienda lo usa para cruzar datos con la declaración de la renta de tus trabajadores y proveedores.
La suma de tus cuatro 111 tiene que coincidir con el total del 190.
Errores frecuentes
- No presentarlo porque "ya pagué la factura": la retención que descuentas no es tuya, tienes que ingresarla.
- Confundirlo con el 115: las retenciones del alquiler del local van aparte.
- Olvidar el 190 en enero, aunque hayas presentado los cuatro 111.
- Retener a quien no debes: a empresas que venden productos o a profesionales de otros países, por regla general, no se les retiene.
Si te agobia este papeleo, valora una gestoría online: suele salir más barata de lo que parece.
Preguntas frecuentes
¿Un autónomo sin trabajadores tiene que presentar el modelo 111?
Solo si algún profesional le ha facturado con retención de IRPF. Si no tiene empleados ni recibe facturas con retención, no tiene que presentarlo.
¿Hay que presentar el 111 si un trimestre no hay retenciones?
No. Los autónomos solo lo presentan en los trimestres en los que han practicado alguna retención.
¿Qué pasa si presento el modelo 111 tarde?
Si lo presentas fuera de plazo sin requerimiento de Hacienda, pagarás un recargo que empieza en el 1 % y aumenta con los meses de retraso, más intereses si pasan más de 12 meses.
¿El modelo 111 también se presenta en Canarias?
Sí. El IRPF es un impuesto estatal, así que los autónomos canarios presentan el 111 igual que en la península, ante la Agencia Tributaria estatal.
Información revisada en octubre de 2026. Esta guía es orientativa y no sustituye el asesoramiento fiscal personalizado.
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